Documento de control del transporte de mercancías: qué es y qué debe incluir

Por el equipo de Fleetaria · Publicado el · Actualizado el · 3 min de lectura

Respuesta rápida

El documento de control es el documento que debe acompañar a cada transporte público de mercancías por carretera en España y que identifica a las partes, la mercancía y la carga y descarga. Lo regula la Orden FOM/2861/2012, puede ser en papel o electrónico y el transportista debe poder mostrarlo en un control.

Qué es el documento de control

El documento de control es el justificante que acompaña a cada transporte público de mercancías por carretera y permite a la inspección comprobar de qué mercancía se trata, quién la envía, quién la recibe y quién la transporta. Se regula en la Orden FOM/2861/2012.

Qué datos debe recoger

Aunque conviene revisar siempre el texto consolidado en el BOE, el documento identifica en esencia:

  • Cargador: quien contrata y entrega la mercancía.
  • Transportista: la empresa que realiza el transporte, con su autorización.
  • Destinatario: quien la recibe.
  • Mercancía: naturaleza, peso o volumen y, en su caso, bultos.
  • Lugar y fecha de carga y de descarga.
  • Vehículo y, si procede, remolque o semirremolque.

Si la mercancía es peligrosa, debe acompañarse además de la documentación ADR, con número ONU y clase.

Papel o electrónico

El documento puede llevarse en papel o en formato electrónico. En formato electrónico debe poder mostrarse a la inspección en el momento del control, por lo que el conductor necesita acceso desde su móvil incluso con mala cobertura. Esa es la razón de que las apps de conductor funcionen sin conexión.

Conservación

La empresa transportista debe conservar el documento durante un plazo fijado en la norma, que en la práctica es de un año. Confirma el plazo vigente en el BOE, porque es el tipo de dato que se actualiza.

Errores que acaban en sanción

  1. Salir sin el documento emitido porque "ya se hará luego".
  2. Datos incompletos o incorrectos: nombre del cargador, destino o mercancía que no coinciden con la realidad.
  3. Documento que el conductor no puede mostrar (se quedó en la oficina o el móvil no abre el archivo).
  4. No conservarlo el tiempo exigido.

Cómo evitarlos con un proceso simple

  • Genera el documento al crear el viaje, no al cargar.
  • Impide o avisa de la salida si no está emitido.
  • Guarda una copia accesible para la oficina y para el conductor.
  • Revisa que la mercancía peligrosa lleve su número ONU y su clase.

Cómo lo gestiona Fleetaria

En Fleetaria el semáforo del viaje marca como incompleto el viaje que no tiene el documento de control emitido, y también si faltan datos del cargador, el destinatario, la mercancía o la carga y descarga. El conductor ve en la app lo que falta antes de salir y, por defecto, puede confirmar y salir quedando registrado; la empresa puede configurar que solo un gestor autorice la salida. Los requisitos están en proceso de validación con un asesor de transporte, por lo que no sustituyen al asesoramiento legal.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el documento de control para todos los transportes?

Se exige en el transporte público de mercancías por carretera. Los supuestos concretos y las excepciones deben consultarse en la Orden FOM/2861/2012 o con un asesor de transporte.

¿Puede ser digital?

Sí. Puede llevarse en formato electrónico siempre que pueda mostrarse al inspector durante el control.

¿Qué diferencia hay entre documento de control y carta de porte?

El documento de control es un requisito administrativo de inspección; la carta de porte documenta el contrato de transporte entre las partes. En internacional, la carta de porte es la CMR.

¿Quién rellena el documento de control?

La obligación es del transportista, que lo emite con los datos del cargador. En la práctica, la oficina lo genera al crear el viaje.

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Este contenido es informativo y se ha revisado en noviembre de 2026. La normativa cambia: comprueba el texto vigente en el BOE o el DOUE y consulta a un asesor de transporte antes de tomar decisiones con consecuencias legales.